Diagnóstico
Analizamos los datos de tu empresa en todas las materias que cubre el plan. Te mostramos la situación real: dónde hay brechas, dónde hay riesgos y dónde hay margen de mejora.
Plan de Igualdad · LO 3/2007
Te acompañamos en el diagnóstico, la negociación y la elaboración del Plan de Igualdad.
Un Plan de Igualdad no es solo un documento. Es el compromiso de tu empresa con la igualdad real entre mujeres y hombres, y la base desde la que se construyen el resto de obligaciones en materia de igualdad.
Marco legal
La Ley Orgánica 3/2007 define el Plan de Igualdad como un conjunto ordenado de medidas adoptadas tras un diagnóstico de situación, orientadas a alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
No es una declaración de intenciones ni una política corporativa de diversidad. Es un documento con medidas concretas, plazos y responsables, negociado con la representación legal de los trabajadores y registrado en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas (REGCON).
¿A quién obliga? A todas las empresas con 50 o más personas trabajadoras. La obligación se calcula sobre la plantilla media de los últimos 12 meses. También puede exigirlo el convenio colectivo aplicable, incluso en empresas con menos de 50 empleados.
Marco legal: Ley Orgánica 3/2007 · Real Decreto 901/2020 · Real Decreto 902/2020
¿Qué pasa si no se tiene?
La ausencia de Plan de Igualdad o su aplicación deficiente se considera infracción grave o muy grave:
Materias obligatorias
El Plan de Igualdad no tiene una estructura única fijada por ley, pero el RD 901/2020 establece las materias que debe abordar obligatoriamente. Un plan que no cubra estas áreas no es válido.
Análisis de la situación real: cómo están distribuidos hombres y mujeres por categorías y puestos, cómo se accede a la formación, cómo se promueve, qué diferencias salariales existen y por qué. Sin diagnóstico no hay plan.
Medidas para garantizar que los procesos de selección y contratación no discriminan por razón de sexo. Criterios objetivos, lenguaje no discriminatorio en las ofertas, composición de los tribunales de selección.
Revisión de que la clasificación de puestos no reproduce sesgos de género que infravaloren trabajos realizados mayoritariamente por mujeres.
Medidas para que el acceso a la formación sea igual para hombres y mujeres, independientemente de su jornada o situación familiar.
Criterios objetivos para la promoción. Medidas para eliminar las barreras que dificultan el acceso de las mujeres a puestos de mayor responsabilidad.
Auditoría retributiva y medidas para corregir las diferencias salariales no justificadas por criterios objetivos. Registro retributivo actualizado.
Medidas que faciliten la conciliación de la vida laboral y personal y que promuevan que hombres y mujeres se responsabilicen por igual del cuidado familiar.
El Plan de Igualdad debe integrar el protocolo de acoso sexual y por razón de sexo o remitirse a él expresamente.
Cómo se comunica el plan a la plantilla y cómo se garantiza que todo el mundo lo conoce.
Con qué frecuencia se revisa el plan, quién es responsable y cómo se mide si las medidas están funcionando.
Proceso de elaboración
El Plan de Igualdad no se redacta unilateralmente. La ley exige un proceso de negociación con la representación legal de los trabajadores. Entender ese proceso es importante para saber cuánto tiempo lleva y qué implica.
Comisión paritaria con representantes de empresa y trabajadores. Si no hay representación legal, procedimiento con sindicatos más representativos del sector.
Análisis de los datos de la empresa en todas las materias que debe cubrir el plan. Plantilla, retribución, formación y promoción.
La comisión negocia las medidas. El objetivo es llegar a un acuerdo. Si no se llega, la empresa puede aprobar el plan unilateralmente con esa constancia.
Una vez aprobado, el plan debe registrarse en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas. Sin registro, el plan no tiene validez legal.
La empresa está obligada a comunicar el plan a toda su plantilla y a garantizar su conocimiento.
El plan no es estático. Debe revisarse periódicamente y actualizarse cuando cambian las circunstancias o se detecta que las medidas no funcionan.
Nuestro servicio
Elaborar un Plan de Igualdad implica gestionar datos internos sensibles, coordinar un proceso de negociación y producir documentación legalmente sólida. No es algo que se pueda hacer en un fin de semana con una plantilla descargada de internet.
Analizamos los datos de tu empresa en todas las materias que cubre el plan. Te mostramos la situación real: dónde hay brechas, dónde hay riesgos y dónde hay margen de mejora.
Te apoyamos durante el proceso de negociación con la representación legal. Preparamos la documentación, participamos en las reuniones si lo necesitas y te ayudamos a llegar a acuerdos.
Redactamos el Plan de Igualdad adaptado a tu empresa, sector y convenio colectivo. Con medidas concretas, plazos reales y criterios de evaluación medibles.
Analizamos la estructura salarial, identificamos brechas y elaboramos el registro retributivo que exige la ley.
Gestionamos el registro del plan en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas.
Si el plan incluye medidas de formación, te ofrecemos los talleres presenciales y los módulos e-learning para implementarlas.
Preguntas frecuentes
Empezar
Si tienes 50 o más empleados, la respuesta es sí. Cuéntanos tu situación y te decimos en qué punto estás y cuál es el siguiente paso.